Dictamen 7591-1987
Esa Municipalidad ha solicitado a este Organismo información respecto a la creación
de un Servicio de bienestar en esa Entidad.
Al respecto, esta Superintendencia informa que la Contraloría General de la República,
mediante Oficio Nº 11073, de 1983, dictaminó que las Oficinas o Servicios de Bienestar
que se constituyan en las Municipalidades no están sujetos a las normas contenidas
en el D.S. Nº 722, de 1955, del ex-Ministerio de Salud Pública y Previsión Social,
ni son fiscalizados por esta Superintendencia.
En consecuencia, procede que los Servicios de Bienestar de estas Entidades se creen
por Ley o se constituyan como corporación de derecho privado conforme a las normas
del Título XXXIII del Libro I del Código Civil.
Mayores antecedentes sobre la materia, tales como, estatutos tipos, procedimiento
de constitución, etc. deberán ser requeridos en el Ministerio de Justicia
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 30/09/1986 | Dictamen 7591-1986 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 |