Dictamen 3322-1988
El Art 53º del D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, sanciona el incumplimiento
del reposo indicado en la licencia médica y la realización de trabajo remunerado o
no, durante dicho período. Ahora bien, en la especie, la interesada no cumplió el
reposo concedido en el lugar indicado en la licencia objetada sino en el domicilio
de sus padres. El Título VIII de las Sanciones del D.S. Nº 3, de 1984, no se encuentra
la de variar el lugar de reposo, ni menos cuando este cambio es favorable para el
tratamiento de la afección
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 21/10/1980 | Dictamen 3322-1980 | Cajas de Compensación | D.F.L. Nº 42, de 1978, Previsión; Ley Nº 16.395 |