Dictamen 9244-1988
Esa Subsecretaría de Estado ha remitido a esta Superintendencia para consideración
y preparación de oficio respuesta, la presentación que efectuara ante el Sr. Ministro
del Trabajo y Previsión Social, el Directorio de la Caja de Compensación de Asignación
Familiar en cuestión, en la cual hacen presente su preocupación por los déficit en
que incurren mensualmente por la administración de los regímenes de Asignación Familiar,
Subsidio de Cesantía y Subsidio de Incapacidad Laboral.
Al respecto, cabe hacer presente que esta Superintendencia, consciente del deterioro
real de los aportes que ha recibido el sistema de Cajas de Compensación de Asignación
Familiar para sufragar los costos que le implica la administración de los regímenes
de Asignación Familiar, Subsidio de Cesantía y Subsidio por Incapacidad Laboral, ha
propuesto en diversas ocasiones a ese Ministerio proyectos de oficios dirigidos al
Sr. Ministro de Hacienda, solicitando modificaciones presupuestarias al programa del
Fondo Unico de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía, con el objeto de aumentar
los aportes para gastos de administración de las Cajas de Compensación de Asignación
Familiar, de modo que ellos sean equivalentes a los gastos reales en que incurre el
sistema en la administración de los tres regímenes a que se ha hecho referencia.
De igual forma se han propuesto resoluciones conjuntas entre el Ministerio del Trabajo
y Previsión Social y el Ministerio de Hacienda, que modifican las fórmulas de cálculo
de los aportes, principalmente para los gastos de administración del régimen de Subsidios
por Incapacidad Laboral, que no tiene limitación presupuestaria y que es el más deficitario.
Sin embargo, las proposiciones de este Servicio no han tenido hasta la fecha acogida
en el Ministerio de Hacienda y no se ha recibido respuesta alguna.
En definitiva, cualquier modificación tendiente a mejorar la situación que plantea
la presentación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar referida es materia
de resolución conjunta entre el Ministerio de Hacienda y el Ministerio del Trabajo
y Previsión Social, y como es de su conocimiento, el primero ha supeditado el estudio
de los aportes para gastos de administración de las Cajas de Compensación Familiar
al estudio de una Resolución al problema global de recaudación integrada de cotizaciones.
En términos generales lo anteriormente expuesto se informa a la Caja de Compensación
de Asignación Familiar en cuestión Mistral en el proyecto de oficio respuesta solicitado
por esa Secretaría.
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 11/03/2004 | Dictamen 9244-2004 | Cajas de Compensación | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud |