Dictamen 5615-1990
Este Servicio de Salud ha consultado a esta Superintendencia si procede que su Servicio
de Bienestar conceda la ayuda de Educación contemplada en su Reglamento, en el caso
del hijo carga familiar de un funcionario que asiste a un curso pre-universitario.
Al respecto, esta Superintendencia manifiesta que la ayuda de que se trata está regulada
en la letra d) del artículo 29 del Reglamento de su Servicio de Bienestar, contenido
en el D.S. Nº75, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en los siguientes
términos "El servicio de Bienestar concederá una asignación de escolaridad siempre
que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, una vez al año por cada hijo
que constituya carga familiar y que estudie regularmente en algún establecimiento
educacional del Estado o reconocido por éste."
De la norma transcrita se infiere que para que el hijo carga familiar de un afiliado
cause la ayuda de que se trata, basta que tenga la calidad de alumno regular en algún
establecimiento educacional del Estado o reconocido por él, siendo indiferente para
estos efectos el nivel de enseñanza a la cual pertenezca el curso al que asista, ya
que ello no se estableció en el Reglamento de su Servicio de Bienestar como condición
para el otorgamiento del beneficio.
Ahora bien, la calidad de alumno regular corresponde que sea certificada por el establecimiento
del Estado o reconocido por él, en el cual se encuentre estudiando el hijo del afiliado.
En consecuencia, si el hijo de un afiliado de su Servicio de Bienestar constituye
carga familiar y es alumno regular de un pre universitario en un establecimiento educacional
del Estado o reconocido por éste, procede que se le conceda la ayuda de Educación
antes mencionada
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 02/02/2006 | Dictamen 5615-2006 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744; Código Civil | |
| 04/09/1987 | Dictamen 5615-1987 | Servicios de Bienestar | D.S. N° 722, de 1955, del ex Ministerio de Salud Pública y Previsión Social | |
| 08/07/1986 | Dictamen 5615-1986 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 |