Dictamen 2122-1991
Comunico a usted que el 5 de marzo del año en curso fue publicado en el Diario Oficio
el Decreto Supremo Nº 97, del Ministerio del Trabajo Previsión Social, que aprueba
las estimaciones presupuestarias del seguro social contra Riesgos de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales para el año 1991.
De acuerdo con lo dispuesto en los Nº 2,6,7 y 11 de dicho decreto, esta Superintendencia
informa a usted acerca de los aportes que los organismos administradores deberán efectuar
a ese servicio durante el presente año.
Para su mejor información se adjuntan dos cuadros, en el primero de ellos se detallan
según organismos administradores, los aportes para atención médica e inspección, prevención
de riesgos y rehabilitación de inválidos, establecidos en el artículo 21º de la Ley
Nº 16.744. En el segundo, se señalan los aportes que cada organismo administrador
debe efectuar a ese servicio, para el financiamiento del seguro Escolar de Accidentes
del Trabajo.