Dictamen 2280-1992
La División de Educación General del Ministerio de Educación remitió a esta Superintendencia
la presentación que efectuara la persona individualizada, en la cual solicita el reembolso
de los gastos en que debió incurrir como consecuencia del accidente escolar que sufriera
su hijo.
De acuerdo con la referida presentación, el menor fue atendido inicialmente en el
Hospital Regional de Talca, recibiendo posteriormente, en Marzo de 1990, una orden
de atención dental que su madre pagó en forma particular atendido a que el Consultorio
que debía brindar atención no contaba con los medios para hacerlo.
Entre los antecedentes acompañados, se encuentra copia del Of. 4161, de 21 de junio
de 1990, del Hospital regional de Talca, en el cual se concluye que no correspondería
la devolución de tales gastos, ya que el menor no habría solicitado atención en ese
establecimiento.
Al respecto, cabe señalar que esta Superintendencia no concuerda con lo resuelto por
ese Servicio, ya que, de acuerdo con dichos antecedentes, el menor debió recibir atención
dental particular por no contar el Consultorio al que fue derivado con los medios
idóneos para su tratamiento.
En efecto, según lo indica un certificado extendido por el coordinador dental del
Consultorio Sur Poniente de Talca, el accidente escolar provocó al menor una fractura
coronaria y, no contando dicho establecimiento con los medios para hacer una restauración
definitiva de la corona dentaria, se le aconsejó acudir a una clínica particular.
Cabe hacer presente que en opinión del departamento Médico de este Organismo, que
revisó la documentación acompañada, se encuentra justificada la atención particular
que recibió el menor.
En consideración a lo anterior, y teniendo presente las disposiciones del D.S. 313,
de 1972 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, corresponde que ese Servicio
de salud reembolse los gastos en que incurrió la interesada por la atención dental
particular a que debió someterse su hijo en mayo de 1990, como consecuencia del accidente
escolar que sufriera en abril de 1989.
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 12/02/1999 | Dictamen 2280-1999 | Licencias médicas | D. S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud |