Dictamen 4612-1992
Esa Entidad ha consultado a esta Superintendencia sobre la factibilidad de que los
Servicios de Bienestar fiscalizados por este Organismo puedan participar, conjuntamente
con esa Agrupación, en la creación de una Central de Compras o Economato, destinada
a vender productos de primera necesidad a sus afiliados y cargas familiares.
La participación de los Servicios de Bienestar consistiría en un aporte inicial para
adquirir directamente a los productores las primeras mercaderías, el que sería recuperado
por los referidos Servicios.
Al respecto, esta Superintendencia informa que para participar en la creación de dicho
Economato, es necesario que los Servicios de Bienestar contemplen la facultad aludida
en sus respectivos reglamentos, de manera que aquéllos que no la tienen incorporada
deberían modificarlos en tal sentido y, en especial, la facultad de extraer recursos
para tal fin, aunque sea temporalmente.
Por otra parte, cabe advertir que la participación en un economato es compatible con
los fines propios de los Servicios de Bienestar.
Lo anterior es sin perjuicio de la opinión de la Fiscalía Nacional Económica en materias
de su competencia