Dictamen 806-1995
Se ha solicitado a esta Institución Fiscalizadora efectuar sugerencias respecto del
funcionamiento y temas a tratar en la Comisión Tripartita de Estudio del Seguro Social
y de la Prevención en materia de Riesgos Profesionales.
Al respecto me permito formular las siguientes observaciones y sugerencias:
1.- Origen de la Comisión.
Esta Comisión Tripartita se constituyó a instancias del Sr. Ministro del Trabajo y
Previsión Social en el último trimestre de 1993. Se encuentra integrada por representantes
de la Central Unitaria de Trabajadores, de la Confederación de la Producción y el
Comercio, de las tres Mutuales de Empleadores de la Ley Nº16.744 y del Gobierno.
El interés central para crear esta Comisión fue el de efectuar, con el concurso de
todos los sectores que intervienen en la materia, un estudio de la situación del seguro
social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, especialmente de sus
normas de prevención de riesgos, transcurridos 25 años de la dictación de la Ley Nº16.744.
Los objetivos que se fijaron a la Comisión fueron: a) efectuar un diagnóstico de la
situación de la prevención de riesgos profesionales y, b) identificar las principales
fortalezas y desafíos en materia de riesgos profesionales y prevención.
2.- Plan de trabajo.
En cuanto a la forma de funcionar, se acordó trabajar con una COMISION AMPLIADA y
una COMISION TECNICA, participando en ambas representantes de los tres estamentos
señalados.
La primera, es el órgano tripartito central, que con los informes y estudios que realice
la Comisión Técnica, efectúa proposiciones en las materias señaladas.
EL PROGRAMA DE TRABAJO aprobado para la Comisión Técnica, comprende en su primera
etapa, la confección de un DIAGNOSTICO de la situación actual del seguro de la Ley
Nº16.744, que debe incluir:
a.- Descripción del soporte normativo institucional y conceptual del seguro social;
determinación de los entes que participan en su administración, las funciones que
realizan y funcionamiento.
b.- Antecedentes estadísticos y financieros, sobre recursos humanos y financieros
destinados a la prevención; población cubierta, beneficios e indicadores, estructura
de los entes gestores en materia de prevención, tasas de salud ocupacional, actividades
de prevención, de capacitación y de vigilancia ambiental y biológica en los últimos
años.
c.- Evaluación de los aspectos principales de la prevención: participación; capacitación;
difusión; fiscalización; sistemas de información; incidencia de la variable sexo;
análisis comparado de las principales tendencias en materia de prevención, y nuevos
riesgos laborales.
3.- Labor desarrollada durante 1994.
a) La Institución Fiscalizadora de Seguridad Social entregó un informe sobre el Régimen
Previsional de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en enero de 1994,
que permitió iniciar un debate sobre la situación actual del seguro social de accidentes
del trabajo y enfermedades profesionales, aportándose antecedentes que servirán para
la elaboración de futuros informes sobre el tema.
b) La Institución Fiscalizadora de Seguridad Social entregó a la Comisión Técnica
en agosto de 1994, el documento denominado "Estudio del Seguro Social contra Riesgos
de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales establecido por la Ley Nº16.744",
el que contiene toda la información estadística y financiera del seguro, en general,
para el período 1989-1993, en el que se trata tanto el Seguro en su conjunto como
cada de los tres subsistemas de administración: mutuales, binomio Instituto de Normalización
Previsional-Sistema Nacional de Servicios de Salud y Administradores Delegados.
c) Se propuso estudiar una iniciativa legal para modificar el art. 77 de la Ley Nº16.744,
en relación con la calificación de lesiones y enfermedades como del trabajo o comunes,
tanto por las Mutuales de la Ley Nº16.744, Isapres y Servicios de Salud.
La Institución Fiscalizadora de Seguridad Social a instancias del Ministerio del Trabajo
y con consultas a la Subsecretaría de Salud y a la La Institución Fiscalizadora de
Isapres, elaboró un proyecto sobre la materia que el Ejecutivo despachó al Congreso
mediante Mensaje Nº227/330, de fecha 16 de noviembre de 1994.
d) El Ministerio de Salud ha informado sobre los avances en las modificaciones a introducir
al D.S. Nº18, de 1982, del Ministerio de Salud, relativo a certificación de calidad
de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales. Este tema es de
sumo interés y preocupación, especialmente, para los representantes laborales en la
Comisión Tripartita.
e) Las Mutualidades de empleadores han efectuado presentaciones sobre dos temas: constitución
de comités paritarios, elección de directores laborales en las mutualidades y funcionamiento
de los programas de prevención de riesgos profesionales.
f) Se acordó la realización de un seminario sobre coordinación de las actividades
de fiscalización que realizan los servicios públicos del área, para lo cual durante
el año ha funcionado una comisión, integrada por representantes de la Dirección del
Trabajo, del Ministerio de Salud y de la Institución Fiscalizadora de Seguridad Social.
4.- Acciones a desarrollar durante 1995.
Básicamente, la tarea del año debe consistir en terminar el proceso de recolección
de antecedentes y elaboración de informes por las entidades participantes en la Comisión
Técnica, que permita elaborar el diagnóstico y entrar en el cumplimiento del segundo
objetivo. Es decir, identificar las principales fortalezas y desafíos en materia de
riesgos profesionales y prevención en Chile, de forma que la Comisión Ampliada proponga
los ajustes que se estimen convenientes a los instrumentos normativos vigentes, especialmente
en materia de prevención.