Dictamen 8834-1996
En virtud del artículo 4º de la Ley Nº19.454, de 1996, que concedió en el mes de mayo
pasado, a los beneficiarios de pensiones asistenciales del Decreto Ley Nº869, de 1975,
en las condiciones que ahí se indican, un bono de invierno de $20.000 a cada uno,
el Fondo Nacional de Pensiones Asistenciales pagó por tal concepto un monto de $3.689.440.000.
De acuerdo con lo expuesto y con el objeto de cubrir el gasto que significó la aplicación
de la citada Ley, se solicita suplementar a la brevedad posible el Presupuesto del
Fondo Nacional de Pensiones Asistenciales en la cantidad ya indicada, ya que esta
Superintendencia se encuentra preparando una modificación del Decreto Supremo Nº196,
de 1995, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que contiene los marcos presupuestarios
regionales y la asignación de nuevas pensiones asistenciales para 1996, a fin de aumentar
los cupos de nuevas pensiones asignadas a cada región.
Al respecto, cabe señalar que se hace necesaria la modificación para otorgar nuevos
cupos de pensiones asistenciales, en consideración a que existe una demanda insatisfecha
de aproximadamente 8.500 personas con puntaje inferior a 550 puntos en la encuesta
de estratificación social CAS-2, que no logra ser cubierta con las asignaciones de
cupos existentes, produciéndose un incremento mensual o de las listas de espera