Dictamen 37419-2001
Usted se ha dirigido a esta Superintendencia solicitando se reconsidere el dictamen
citado en concordancia mediante el cual se resolvió como de causa de origen laboral
las licencias médicas N°s. 09, 13 y 16, con diagnóstico de "Trastorno adaptativo mayor",
por 70 días a contar del 01 de febrero de 2001, por considerar que su cuadro clínico
se encontraba relacionado con factores estresantes de su trabajo.
Sobre el particular, cabe señalar que el Departamento Médico de este Organismo revisó
nuevamente las consideraciones planteadas y todos los antecedentes, concluyendo luego
de examinar al paciente, con fecha 13 de septiembre de 2001, que no existen nuevos
elementos que hagan variar lo resuelto. En efecto, el cuadro clínico del paciente
es la resultante de condiciones estresantes a las cuales estuvo sometido el trabajador,
en su actividad laboral de cajero de Banco, tales como doble dependencia jerárquica,
órdenes ambiguas y contrapuestas, amenazas veladas, acoso, cambio y suma de funciones,
dificultades en otorgare el feriado legal, etc. Por otra parte cabe destacar que en
la actualidad, su cuadro se encuentra activo, complicado con un cuadro depresivo,
fundamentalmente por manejo terapéutico inadecuado.
En consecuencia y con el mérito de lo precedentemente expuesto, esta Superintendencia
dictamina que no procede hacer lugar a la solicitud de reconsideración y mantiene
a firme lo resuelto en el Oficio N° 017327 de este Organismo Fiscalizador, debiendo
esa Mutualidad dar el debido tratamiento médico psiquiátrico al paciente y no limitarse
solamente a evaluaciones diagnósticas