Dictamen 48909-2001
Ud. ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando en contra de la resolución mediante
la cual la Compin del Servicio De Salud Metropolitano Occidente rechazó su licencia
médica N° 180812 extendida por 30 días de reposo a partir del 24/07/2001, por incumplimiento
de dicho reposo. Hace presente que su psiquiatra le indicó en certificado que adjunta
que "debe retomar su actividad profesional de animador, en forma paulatina, dentro
del período de reposo de la licencia, para así recobrar: autoestima, confianza y seguridad;
restableciendo estas: poder continuar efectuando su trabajo."
Requerida al efecto, la aludida COMPIN informó que rechazó la aludida licencia por
incumplimiento del reposo otorgado.
Sobre el particular cabe manifestar a Ud. que el artículo 55 letra b) del D.S. N°
3, citado en fuentes, establece como causal de rechazo de una licencia médica la realización
de trabajos remunerados o no durante el período de reposo dispuesto en la licencia.
En la especie Ud. realizó trabajos remunerados o no durante el período de reposo dispuesto
en la licencia, incurriendo de esta manera en la causal de rechazo contemplada en
la norma señalada precedentemente y que no deja de serlo por la circunstancia que
el médico tratante disponga lo contrario, ya que dicho precepto no establece ninguna
excepción respecto de la prohibición que involucra dicha causal de rechazo.
En consecuencia, no resulta procedente acoger su apelación
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 13/12/2004 | Dictamen 48909-2004 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.395; Ley Nº 16.744 |