Dictamen 51295-2002
Esa Empresa ha solicitado un pronunciamiento que indique si es válido como medio probatorio
de un vínculo laboral, la sola declaración jurada del beneficiario, o es necesario
contar con otros antecedentes, como contratos, finiquitos o certificado laboral de
la empresa.
Hace presente que por Resolución N°1796 de 14 de agosto de 2002, la COMPIN del Servicio
de Salud Atacama le fijó a un trabajador un 25% de incapacidad por hipoacusia.
Al proceder a revisar los antecedentes laborales del interesado, para revisar el cálculo
del beneficio y para la posterior determinación de concurrencias, encontró que en
el período comprendido entre el 1° de mayo de 1968 y el 30 de enero de 1972, sólo
presenta una declaración jurada efectuada ante la Inspección del Trabajo de la Provincia
de Huasco, ciudad de Vallenar, donde dice que en ese lapso de tiempo realizó labores
de machador y cargador de mineral en la mina denominada "Soberana", dependiente de
la Compañía Minera Metalmine.
Conversó con el trabajador, con el objeto de solicitarle el Rut del empleador y en
cuál organismo administrador de la Ley N° 16.744 se encontraba a esa época, datos
con los cuales el interesado no cuenta, aunque manifestó que las labores las realizaba
expuesto a ruido industrial.
De acuerdo a lo antes expuesto y a la imposibilidad en que se encuentra de obtener
nuevos antecedentes, ya que la empresa Melalmine se extinguió en nuestro país, solicita
lo expuesto en el primer párrafo de este Oficio.
Al respecto, cabe hacer presente que entre los antecedentes de que se ha podido disponer,
figura una copia de un Certificado de Imposiciones del Instituto de Normalización
Previsional, que consigna que en el período comprendido entre los años 1968 y 1972,
el interesado registra cada año con 12 meses de imposiciones en el ex-Servicio de
Seguro Social.
Lo anterior, unido a la citada declaración jurada del trabajador, son suficientes
para acreditar el vínculo laboral con la empresa Metalpine; ello, máxime si por las
consideraciones expuestas, no es posible obtener mayores antecedentes sobre el particular.
Por lo expuesto, la sóla declaración jurada no basta por si sola para acreditar el
vínculo laboral, sino que, al menos, debe complementarse con un certificado de imposiciones
como ha ocurrido en la especie