Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE
Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395
Ha recurrido a esta Superintendencia una trabajadora reclamando por cuanto esa Comisión
rechazó sus licencias médicas Nºs 2210130, por 7 días, a contar del 6 de octubre del
2001, y la N° 2232473, por 7 días a contar del 3 de noviembre del 2001 , ambas por
enfermedad de hijo menor de un año, con diagnóstico de "Reflujo Gastroesofágico"
Requerida al efecto, esa COMPIN informó que rechazó las licencias en cuestión, porque
no estimó justificado el reposo prescrito en las mismas. Además, remitió todos los
antecedentes del caso.
Esta Superintendencia estudió los referidos antecedentes, y con su mérito consideró
justificado el reposo prescrito por los siguientes motivos: Segun el informe complementario
otorgado por el médico tratante, el lactante en cuestion presenta episodios recidivantes
de infecciones bronquiales, que tienen relación con la patología de base y que justifican
la necesidad de la presencia de su madre en el tratamiento.
En virtud de lo dispuesto en el D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud y en ejercicio
de sus facultades previstas en la Ley N° 16.395, esta Superintendencia acoge la reclamación
deducida e instruye a esa COMPIN para que modifique las resoluciones reclamadas y
autorice las licencias médicas individualizadas en este Oficio