Dictamen 1629-2003
Usted ha solicitado un pronunciamiento que determine si el seguro de desempleo de
la Ley N°19.728 es compatible con el subsidio de cesantía normado por el D.F.L. N°150,
de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Al respecto, cabe hacer presente que el artículo 49 de la Ley N°19.728 establece que
el sistema del subsidio de cesantía a que se refriere el citado D.F.L. N°150 es incompatible
con la afiliación al seguro de cesantía.
En consecuencia, como usted se encuentra afiliado al seguro de cesantía no puede ser
beneficiario del subsidio de cesantía