Dictamen 32038-2003
1.- El Sr. ha reclamado a esta Superintendencia por cuanto esa COMPIN confirmó el
rechazo de la ISAPRE de la licencia médica N° 10382336, emitida por 30 días a contar
del 6 de enero de 2003, por el diagnóstico de "Enfisema Pulmonar Severo". La causa
del rechazo fue "patología irrecuperable, sin trámite de invalidez, licencia médica
no cumple rol terapéutico curativo".
2.- Requerida esa COMPIN, ha señalado que se trata de un trabajador de 74 años, con
Enfisema Pulmonar Severo, patología irrecuperable, que debe ser cubierto por una pensión
de invalidez, por lo que el paciente debe presentar una solicitud en tal sentido,
por cuanto la dolencia que lo afecta lo incapacita en forma permanente y no en forma
transitoria.
3.- Sobre la materia referida, esta Superintendencia debe señalar que para determinar
la procedencia de las licencias médicas debe atenderse a la posibilidad que tiene
el trabajador de reincorporarse a la vida laboral después de terminado el reposo,
independientemente de si tiene o ha tenido solicitudes de declaración de invalidez,
y aun cuando se le haya otorgado un porcentaje de invalidez que no le da derecho a
pensión.
En la especie, este Organismo ha analizado los antecedentes médicos disponibles, concluyendo
que se trata de un paciente con Enfisema pulmonar severo, pero con exámenes de la
función respiratoria, (Gases arteriales, Espirometrías) en límites aceptables, incluso
con respuesta satisfactoria a los broncodilatadores. Por tanto, a pesar del severo
daño orgánico pulmonar, las pruebas de función respiratoria y de respuesta al tratamiento
son satisfactorias, por lo que el Sr. podría volver a trabajar después del reposo
de la licencia médica de que se trata.
En virtud de lo anteriormente expuesto, procede que esa COMPIN autorice la licencia
médica de que se trata.