Dictamen 13669-2004
1.- La Universidad X ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando en contra de
esa Mutual, ya que resolvió que el accidente que sufrió el día 23 de agosto de 2003,
don xxxxxx, constituye un accidente del trabajo y no un accidente del trabajo en el
trayecto.
Expone que, si bien esa Mutualidad reconoce que el afectado sufrió el siniestro indicado
cuando regresaba desde Constitución, donde estuvo en comisión de servicios a su domicilio
habitual en la ciudad de Talca, el hecho constituye un accidente "con ocasión del
trabajo", criterio que no comparte.
2.- Requerida al efecto esa Mutualidad remitió el informe y los antecedentes correspondientes.
3.- Sobre el particular, este Organismo debe hacer presente que el inciso segundo
del articulo 5 de la Ley Nº 16.744, señala que son también accidentes del trabajo
aquellos que ocurren en el trayecto directo, de ida o de regreso, entre la habitación
y el lugar de trabajo.
Al respecto, este Organismo ha señalado y reconocido que existen en ciertas funciones
que, por su naturaleza, deben ejercerse normalmente fuera del recinto de la empresa
para la cual se labora, tal como ocurre en la especie, en que la víctima se encontraba
en comisión de servicios a la ciudad de Constitución.
En tales casos y cuando la labor concluye, el trabajador requiere trasladarse hasta
su domicilio o residencia habitual. Precisamente, si en la circunstancia de trasladarse
hasta su domicilio o residencia habitual ocurre un accidente, dicho siniestro puede
constituir un accidente del trabajo en el trayecto, si acaso dicho recorrido fue directo,
esto es, no el más corto sino que sea racional y, en términos generales, no interrumpido
por razones de interés particular o personal.
En la especie, el afectado terminó sus labores en la ciudad de Constitución, y en
el trayecto de regreso a la ciudad de Talca, donde tiene su domicilio ocurrió el accidente.
3.- En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, esta Superintendencia
debe expresar que corresponde calificar como un accidente del trabajo en el trayecto
al siniestro que don xxxxxxx sufrió el día 23 de agosto de 2003, por lo que se acoge
el reclamo interpuesto por dicha Universidad.