Dictamen 14726-2005
1.- El interesado se dirigió a esta Superintendencia, reclamando en contra de la resolución
mediante la cual la Unidad de Licencias Médicas de ese centro médico rechazó su licencia
médica N°1-10847335, extendida el 23 de diciembre de 2003, por 8 días, a contar del
22 de diciembre de 2003, por presentación extemporánea.
Al efecto expresa que presentó la licencia médica a su empleador el día siguiente
de su emisión, pues le fue imposible hacerla llegar el mismo día, pues su lugar de
trabajo (San Vicente) está muy alejado de su domicilio.
2.- Requerida al efecto, por intermedio de la COMPIN Libertador General Bernardo O'Higgins,
sólo se recibió copia del INF. N° 1731, de 11/06/2004 (mediante el cual la COMPIN
solicitó informe), sin que se recibiera su informe.
3.- Sobre el particular, esta Superintendencia declara que las circunstancias expuestas
por el interesado podrían configurar una causa de fuerza mayor de aquellas establecidas
en el artículo 54 inciso segundo, que justificarían el retraso de un día en la presentación
de la licencia médica.
Asimismo, a lo anterior se sumaría el que la licencia médica fue emitida el 23 de
diciembre del año 2003, prescribiendo reposo a contar del 22 del mismo mes y las circunstancias
descritas por el trabajador en el sentido que su domicilio se encuentra en una zona
rural lejana al lugar de trabajo, haciendo más difícil su acceso.
En consecuencia, esta Superintendencia declara que esa Unidad de Licencias Médicas
deberá proceder a ejecutar las gestiones tendientes a verificar las circunstancias
expuestas precedentemente y determinar la causa por la cual el interesado no pudo
solicitar la licencia médica el primer día de reposo con el fin de, una vez determinados
los hechos, revisar su resolución a la luz de los mismos, informando al trabajador
el resultado