Dictamen 48627-2005
Ha recurrido a esta Superintendencia un particular haciendo presente que desde el
16 de junio de 2004, percibe una pensión de invalidez de esa Administradora y que
solamente le habría pagado dos meses de asignaciones familiares.
Al respecto, esa Institución ha informado que con fecha 26 de junio pasado, el interesado
suscribió una solicitud de asignación familiar, por su cónyuge para lo cual adjuntó
una declaración del renta del período enero a junio de 2005, con un promedio de $
171.110.-, por lo que se le asignó el tramo 2 de asignación familiar para el lapso
julio de 2005 a junio de 2006. Agrega que, a la fecha de su informe, se le han pagado
tres meses de asignación familiar.
Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar que de acuerdo a
la reiterada jurisprudencia de esta Superintendencia, para efectos de cobro de las
mensualidades en que se traduce el derecho a las asignaciones familiares, se aplica
el plazo general de prescripción de cinco años del Código Civil. Lo anterior, por
cuanto el legislador no estableció un plazo especial de prescripción para reclamar
el pago de las citadas mensualidades.
Ahora bien, para que ello sea procedente es preciso que el interesado haya tenido
derecho al beneficio, cumpliendo todos los requisitos exigidos al efecto en el D.F.L.
N° 150, citado.
Cabe hacer presente que en su solicitud el recurrente indica que tiene la calidad
de pensionado de esa Administradora desde junio de 2004.
Asimismo, se debe señalar que el pensionado presentó la solicitud de pago de asignación
familiar el 26 de junio pasado, es decir, cuando aún no había vencido el plazo para
ejercer su derecho al cobro de las mensualidades de junio de 2004 en adelante, pues
se hallaba pendiente el plazo de 5 años, de que disponía para efectuar el cobro.
Por ende, y una vez comprobado que tanto el interesado como la causante por la que
se solicita el beneficio cumplen con los requisitos legales, corresponde que esa Administradora
de Fondos de Pensiones pague dichas asignaciones, de acuerdo a los valores nominales
de las respectivas épocas.