Dictamen 54822-2005
1.- Esa Entidad se ha dirigido a esta Superintendencia, en relación al caso del interesado,
solicitando se fije como fecha de inicio de la incapacidad por Hipoacusia por Trauma
acústico crónico ocupacional, el mes de Noviembre de 2003, por no haber antecedentes
de exposición laboral a ruido con posterioridad a esa fecha.
Requerida al efecto, la COMPIN de la VI Región remitió los antecedentes del caso,
incluida la Resolución N° 6716/2004, de 03 de enero de 2005, que le asigna al trabajador
un 20% de incapacidad por Hipoacusia profesional.
2.- Revisados los antecedentes, esta Superintendencia ha concluido que procede confirmar
como fecha de inicio de la invalidez el 03 de enero de 2005, toda vez que en esa data
se demostró el 20% de incapacidad por Hipoacusia, y no se cuenta con exámenes audiométricos
previos que permitan fundamentar un inicio anterior de la incapacidad.
3. En consecuencia y con el mérito de lo antes señalado, esta Superintendencia confirma
lo resuelto por la COMPIN, en cuanto a la fecha de inicio de la incapacidad por Hipoacusia
del interesado