Dictamen 41965-2006
1.- Mediante el ordinario de antecedentes, la Directora del Servicio de Salud Bío
Bío remitió a esta Superintendencia, un proyecto de decreto supremo que modifica el
reglamento particular del Servicio de Bienestar de dicha entidad, aprobado por el
D.S. N° 168, citado en fuentes.
El objeto de la modificación es reducir el porcentaje del aporte institucional que
es de cargo de los afiliados pasivos.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar que no tiene
observaciones que formular al proyecto, toda vez que se ajusta a la reglamentación
vigente y a las instrucciones impartidas sobre la materia. Por lo mismo, procede la
dictación del decreto aprobatorio correspondiente, salvo opinión en contrario de esa
Subsecretaría.
Sin perjuicio de lo anterior, en la elaboración del decreto supremo es necesario corregir
la referencia que se hace al artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República
de Chile, sustituyéndola por otra al artículo 32 N° 6 de la misma norma, por ser ésta
la disposición que regula la materia de que se trata
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 03/07/2014 | Dictamen 41965-2014 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Prestaciones economicas invalidez invalidez parcial cálculo | Arts. 26 y 38 Ley N°16.744; arts. 2° y 4° DL. N°3.501, de 1980 y art. 26 Ley N°15.386. |