Dictamen 2030-2007
Una empresa recurrió a esta Superintendencia reclamando en contra de esa Subcomisión
que confirmó lo obrado en su caso por la ISAPRE que, a su vez, le aplicó la sanción
establecida en el artículo 56 del D.S. N° 3, citado, por la presentación fuera de
plazo de la licencia médica N° 738, otorgada a una de sus trabajadoras.
Al respecto, expresa que por un error se señaló en la licencia que el documento se
recibió el 14 de abril de 2006, que correspondía al Viernes Santo, día en que la empresa
estaba cerrada. Agrega que la licencia se presentó por la trabajadora el lunes 17
de abril, primer día hábil después del feriado de Semana Santa, por lo que solicita
una revisión de su caso.
Requerida al efecto, esa Subcomisión informó que confirmó la aplicación de la sanción
al empleador, toda vez que la licencia aparece recepcionada el 14 de abril de 2006,
y se presentó a la ISAPRE el día 20 del mismo mes.
Sobre el particular, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 13 del D.S. N°
3, procede que esa Subcomisión instruya dejar sin efecto la aplicación de la sanción
contemplada en el artículo 56 del mismo cuerpo reglamentario a la empresa recurrente,
derivada de la tramitación de la licencia médica N° 738, otorgada a su trabajadora.
Lo anterior fundamentado en que se ha tenido a la vista Certificado emitido por el
empleador, en donde se manifiesta que la licencia se presentó por la trabajadora el
día lunes 17 de abril de 2006.
Cabe hacer presente que la información anterior aparece en concordancia con los demás
antecedentes del caso, toda vez que siendo el día 14 de abril de 2006 Viernes Santo,
resulta altamente improbable que la licencia se haya presentado ese día.
En consecuencia, habiéndose recibido la licencia el 17 de abril de 2006, al presentarla
el día 20 del mismo mes a la ISAPRE, la empresa recurrente dio cumplimiento al plazo
de 3 días hábiles de que dispone de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13 del D.S.
N° 3, citado en la suma, hecho que torna improcedente la aplicación de la sanción
establecida en el artículo 56 del mismo cuerpo reglamentario
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 08/06/1978 | Dictamen 2030-1978 | Asignación familiar | Código Civil; D.L. Nº 307, de 1974 |