Dictamen 66913-2007
1.- Ha recurrido a esta Superintendencia doña , reclamando en contra de la resolución
de esa Subcomisión, que le rechazó su licencia médica N°1-17578035, emitida el 11
de julio de 2007, por 7 días de reposo a contar del 10 de julio de 2007, por presentación
fuera de plazo, situación que en su concepto no corresponde.
Acompaña fotocopia de la licencia médica de que se trata, en la que la entidad empleadora
consignó como fecha de recepción el 12 de julio de 2007.
2.- Sobre el particular, se debe señalar que el artículo 11 del D.S. Nº3, de 1984,
del Ministerio de Salud, cuerpo reglamentario que rige la materia, establece que los
trabajadores dependientes del sector público, disponen de un plazo de tres días hábiles
para presentar la licencia médica a su empleador, contados desde el inicio del reposo.
En la especie, la recurrente es funcionaria de la I. Municipalidad, Departamento de
Educación, por lo que disponía de tres días para presentar la licencia médica a su
entidad empleadora.
Por tanto, la interesada tenía justamente hasta el 12 de julio de 2007 para presentar
la licencia médica a su entidad empleadora.
En consecuencia, esa Subcomisión deberá modificar su resolución anterior, y en su
lugar, autorizar la licencia médica de la interesada, N°1-17578035, por 7 días de
reposo a contar del 10 de julio de 2007, por haberse presentado dentro del plazo reglamentario
correspondiente