Dictamen 67650-2007
1.- Mediante el ordinario de antecedentes, la Intendenta Regional de la Región de
Antofagasta remitió nuevamente a esta Superintendencia, un proyecto de decreto supremo
que crea el Servicio de Bienestar de dicha entidad, aprobando su reglamento particular,
en el que se habría subsanado los reparos formulados mediante el ordinario de concordancias.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar que no tiene
observaciones de fondo que formular al proyecto, toda vez que se ajusta a la reglamentación
vigente y a las instrucciones impartidas sobre la materia. Por lo mismo, procede la
dictación del decreto aprobatorio correspondiente, salvo opinión en contrario de esa
Subsecretaría.
Sin perjuicio de lo anterior y durante el proceso de elaboración del decreto supremo,
es necesario efectuar las siguientes correcciones de naturaleza formal:
a.- En el párrafo de los "Vistos", donde dice "artículo 32 N° 8, de la Constitución",
debe decir "artículo 32 N° 6, de la Constitución", y
b.- El Título "VI VARIOS", carece de la palabra "TITULO", que lo debe preceder, por
lo que es necesario que se consigne