Dictamen 41455-2008
1.- Por la carta indicada, en la suma esa ISAPRE ha recurrido a esta Superintendencia
reclamando por cuanto la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Metropolitana
Sur, por Resolución Nº1103-07, de 26 de noviembre de 2007, autorizó la licencia médica
Nº2-22347435, de la señora otorgada por 30 días a contar del 17 de octubre de 2007,
con el diagnóstico de depresión mayor bipolar, la que fue rechazada por esa Isapre
por la causal de reposo injustificado.
Expresa esa Entidad, en síntesis, que no correspondería en su concepto, la autorización
de la licencia médica citada, ya que la Sra. Ortiz, durante el período de vigencia
de la licencia Nº2-22347435, no obstante, estar con indicación de reposo médico, habría
efectuado diversos trámites legales relacionados con la constitución de la Sociedad.
en la cual figuraría con un 90% de participación, de acuerdo a lo informado por esa
Isapre.
Agrega, que lo anteriormente expuesto, demostraría que no existiría incapacidad laboral
por parte de la trabajadora que justificara la autorización de la licencia en cuestión,
ya que se habría configurado un reposo injustificado.
2.- Requerida al efecto, la Subcomisión aludida informó por el Oficio Nº110, de 2008,
citado en Antecedentes, que luego de analizar los informes médicos del caso, autorizó
la licencia médica mencionada, ya que la depresión mayor, que es el diagnóstico de
la licencia médica Nº2-22347435, no la priva de incapacidad a la paciente, desde el
punto de vista laboral.
3.- Sobre el particular cumplo con informar a Ud. que el Departamento Médico de esta
Superintendencia, estudió el informe psicológico y antecedentes médicos del caso,
concluyendo que la licencia médica Nº2-22347435, se encuentra justificada y que las
referidas actividades que esa Isapre informa, como desarrolladas por la Sra., no se
encuentran debidamente acreditadas ni especificadas, ni tampoco atañen al aspecto
médico y hasta podrían ser un tratamiento de terapia que ayudaría a la Sra. para superar
su estado de depresión y no constituirían causas de agravación de su enfermedad sino
un medio curativo para rehabilitar su salud.
En virtud de lo expuesto, cumplo con manifestar a Ud. que desde el punto médico procede
la autorización de la licencia médica en comento y de este modo este Organismo confirma
la resolución de la Subcomisión mencionada sobre el particular