Dictamen 48115-2010
1.- Mediante presentación de antecedentes, usted ha recurrido a esta Superintendencia
solicitando se revise la deuda por crédito social que le otorgara a usted la CCAF
Los Héroes, ya que el monto de la cuota supera el 25% de su pensión líquida y requiere
que se ajuste el valor de la cuota a dicho porcentaje. Señala, en carta adjunta, que
no se percató cuando solicitó el crédito que 60 cuotas de $54.720 significa que pagará
$3.283.200. Además, señala que le revisen los intereses cobrados.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con informar a usted que tras
haber analizado los antecedentes remitidos por la CCAF Los Héroes, se ha constatado
que el otorgamiento del crédito que le concediera el 15 de julio de 2009, se ajustó
a la normativa vigente, cuyas condiciones fueron aprobadas por usted al momento de
suscribir los respectivos documentos (solicitud, pagaré, comprobante de pago del crédito),
donde constan su firma e impresión dactilar en señal de conformidad. Dicho crédito,
corresponde al número 100181279, por la cantidad de $1.500.682, incluidos gastos de
otorgamiento, el cual fue otorgado a una tasa de interés mensual de 2,69%, a pagar
en 60 cuotas de $53.073. De este crédito se emitieron dos cheques, uno a nombre de
la CCAF Los Andes por compra de cartera por un monto de $1.128.155 y otro por la suma
de $290.000 que fue entregado a usted. De este préstamo a la fecha de la carta de
la Caja Los Héroes, llevaba pagadas 7 cuotas de las 60 pactadas a través del descuento
ordinario de su pensión, restando aún por pagar las cuotas 8 a la 60, cuyo último
vencimiento corresponde al 31 de agosto de 2014.
3.- En cuanto al cobro de intereses se debe indicar que la tasa de interés aplicada
al crédito en revisión otorgado por la CCAF Los Héroes, se ajusta a las normas de
la Ley N°18.010 y a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, por cuanto
no excede la Tasa de Interés Máxima Convencional vigente a la fecha del otorgamiento,
fijada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Por consiguiente,
en su caso no existe cobro excesivo de intereses por parte de la Caja.
4.- Respecto a su reclamo sobre el monto excesivo que terminará pagando, se informa
a usted, a modo de explicación, que el monto ascendente a $1.500.682 incluido gastos
de otorgamiento, concedido por la Caja Los Héroes a través de la operación que indica,
es lo que se denomina capital prestado. Por lo tanto, que dicha suma no considera
los intereses que generará a lo largo de los 60 meses, plazo a que fue otorgado dicho
préstamo. Es por lo anterior que, si bien la CCAF en definitiva le prestó $1.500.682,
al cabo del pago de las 60 cuotas de $53.073, efectivamente se terminará pagando una
suma superior a la cantidad otorgada en préstamo, equivalente a $3.184.380, pues se
incluyen en este último monto los intereses que corresponde pagar mensualmente, los
cuales, como ya se indicara, se ajustan a la normativa vigente.
5.- En relación a su petición de disminuir la cuota a un 25% del monto líquido de
su pensión, cabe señalar que a pesar de que usted solicitó expresamente que se le
descontará hasta un 34,53%, podría concurrir a la Caja y pedir una renegociación de
su crédito que le permita disminuir la cuota alargando el plazo.
6.- Con lo anteriormente expuesto, esta Superintendencia estima atendida la presentación.