Dictamen 49043-2010
1.- Ud. ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando por el pago de Asignación
Familiar correspondiente a los causantes , por el período en que se acogió al pago
del Seguro de Cesantía.
Sostiene que el 11 de noviembre de 2009, quedó cesante de la empresa de Correos de
Chile, al día siguiente, inició solicitud de Seguro de Cesantía con cargo al Fondo
Solidario, donde informó sus cargas familiares, sin embargo, no le han pagado las
referidas asignaciones familiares no obstante, que, dichas cargas siempre estuvieron
acreditadas en la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes.
2.- Requerida al efecto la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes
informó que en su Agencia Morandé, recepcionó con fecha 22 de junio de 2009 la solicitud
de Asignación Familiar a su nombre invocando como causantes a los dos menores, a través
del empleador Empresa de Correos, quedando autorizados desde el 02 de enero de 2009,
fecha de inicio de la relación laboral.
Señala que de acuerdo a los procedimientos establecidos, la Administradora de Fondos
de Cesantía S.A., solicitó a esa Caja, los causantes reconocidos para impetrar asignación
familiar, lo que en una primera instancia por figurar como afiliada, no se pudo informar.
Posteriormente, usted presentó antecedentes de su desvinculación de la empresa a contar
del 10 de noviembre de 2009, por lo que se pudo proceder a la actualización de sus
datos en su calidad de finiquitada en esa Caja.
Agrega que en el mes de abril de 2010, usted fue informada a la Administradora de
Fondo de Cesantía S.A., con dos causantes de asignación familiar, por el monto de
$38.640.
3.- Por su parte, la Administradora de Fondos de Cesantía S.A. informó que según sus
registros, usted suscribió la solicitud de beneficio N°5.095.022 con financiamiento
del fondo solidario, por término de la relación laboral con su empleador, a contar
del 10 de noviembre de 2009, con giros para los días 14 de diciembre de 2009; 13 de
enero,y 13 de abril de 2010 ya cobrados.
Señala que respecto a las cargas familiares, en su caso, dichos pagos no les fueron
transferidos por la Institución correspondiente, razón por la cual se consultó al
Instituto de Previsión Social por dicha transferencia, informándoles que se envió
orden de pago a la Sucursal Maipú, con fecha de pago a partir del 14 de junio de 2010
con 2 cargas por 4 giros por la suma de $38.640, los que se encuentran a su disposición.
4.- En consecuencia, se aprueba lo informado por la Administradora de Fondos de Cesantía
S.A. y se considera suficientemente atendida su presentación.