Dictamen 22590-2010
1.- Usted ha recurrido nuevamente a esta Superintendencia, reclamando en contra de
la MUTUAL por incumplimiento de Oficio Ord. citado en concordancias N° 63.675 de 02
de diciembre de 2009, en atención a que a la fecha de su presentación, el citado Organismo
no envía su documentación médica a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez
correspondiente, para que proceda a calificar y evaluar la pérdida de capacidad auditiva
que presentaría, en relación directa con su exposición a ruido laboral.
Adjunta carta ingresada a esta Superintendencia con fecha 24 de noviembre de 2009
y fotocopia de Oficio N°63.675, y solicita que se ordene a la MUTUAL que proceda a
enviar los antecedentes médicos a la Compin correspondiente, para que declare y evalúe
su incapacidad auditiva, de acuerdo a lo que dispone la Ley N°16.744.
2.- Requerido al efecto, el Instituto de Seguridad del Trabajo, informó que mediante
carta de 19 de enero del año en curso, se remitieron sus antecedentes médicos al Presidente
de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Viña del Mar-Quillota, quien
lo ha citado para el día 9 de marzo de 2010, para la correspondiente evaluación.
Los antecedentes médicos que enviaron a la respectiva Compin son Audiometría PEECCA
(1) realizada en el Instituto de Seguridad del Trabajo de Santiago; Audiometrías (2)
realizadas en la MUTUAL; Historia Ocupacional e Informe Médico.
3.- Por lo anterior, se aprueba lo informado por la MUTUAL y se considera atendida
su presentación.