Dictamen 44434-2010
1.- Ha recurrido a esta Superintendencia el interesado , reclamando por su derecho
al Bono Extraordinario que estableció la Ley Nº 20.360, por cuanto a la fecha de su
presentación no se le había pagado el bono correspondiente por sus cuatro cargas familiares.
Agrega que fue funcionario de la I. Municipalidad de Constitución y que recibió el
pago del bono otorgado en el mes de marzo de 2009. Adjunta a su presentación la Resolución
Municipal que le concede el beneficio de asignación familiar por sus causantes, a
contar de marzo de 2008.
2.- Sobre el particular, cumplo con manifestarle que en la revisión practicada por
esta Superintendencia, se ha constatado que, efectivamente, el interesado fue beneficiario
del bono de la Ley N° 20.326 en el mes de marzo de 2009, por tres causantes , por
cuanto esa Municipalidad informó a esta Superintendencia el pago de las correspondientes
asignaciones familiares en diciembre de 2008.
Sin embargo, no ha sido posible incluir a los referidos causantes en los procesos
de otorgamiento del bono de la Ley Nº 20.360, por cuanto se pudo detectar que en el
Sistema de Información que esta Institución maneja (SIAGF), no existe reconocimiento
alguno de los causantes indicados ni del interesado como beneficiario.
3.- Por lo expuesto, la I. Municipalidad de Constitución deberá, a la brevedad, ingresar
al SIAGF el reconocimiento de los cuatro causantes del interesado , con el propósito
que éstos puedan quedar en condiciones de ser incorporados dentro de los próximos
procesos de generación de nóminas de pago del bono de la Ley N° 20.360.