Dictamen 4591-2010
1. Esa Entidad se ha dirigido a esta Superintendencia reclamando en contra de la Resolución
Exenta N° 2917, de 13 de noviembre de 2009 de la COMPIN Subcomisión Arica, mediante
el cual instruye autorizar la licencia médica N° 28455004, otorgada a doña, por 18
días a contar de 28 de septiembre de 2009.
Requerida al efecto la referida COMPIN, envió los antecedentes solicitados.
2. Sobre el particular, el Departamento Médico de este organismo procedió a revisar
los antecedentes del caso, concluyendo que está acreditada la incapacidad de la señora
durante todo el período cubierto por la licencia médica en cuestión, considerando
que se trata de inicio de reposo reducido sin fundamentos clínicos.
3. En consecuencia y con el mérito de lo precedentemente expuesto, esta Superintendencia
dictamina rechazar la reclamación de esa ISAPRE, manteniendo a firme lo resuelto por
la COMPIN