Dictamen 8710-2010
1. Esa Entidad se ha dirigido a esta Superintendencia reclamando en contra de la Resolución
Exenta N° 13888, de la COMPIN Región Metropolitana Centro, mediante el cual instruye
autorizar la licencia médica N° 27606817, otorgada a don, por 15 días a contar de
1 de junio de 2009.
Requerida al efecto la referida COMPIN, envió los antecedentes solicitados.
2. Sobre el particular, el Departamento Médico de este organismo procedió a revisar
los antecedentes del caso, concluyendo que la incapacidad del señor Orellana durante
el período cubierto por la licencia médica en cuestión fue justificada mediante informe
médico. Este documento se consideró suficiente para acreditar incapacidad laboral
inicial, reposo que fuera reducido sin mediar peritaje oportuno. En efecto el peritaje
de la ISAPRE fue solicitado con posterioridad al rechazo efectuado por esa institución.
3. En consecuencia y con el mérito de lo precedentemente expuesto, esta Superintendencia
dictamina rechazar la reclamación de esa ISAPRE, manteniendo a firme lo resuelto por
la COMPIN