Dictamen 13387-2011
1.- Mediante Ord. de antecedentes, la Señora Secretaria Regional Ministerial del Trabajo
y Previsión Social, ha remitido la presentación que efectuara el interesado , en su
calidad de ex-imponente de la Ex- Caja de Empleados Públicos y Periodistas (Resolución
2.134 de 27 de octubre de 1981).
Expresa que el señor , obtuvo la pensión por incapacidad física a consecuencia de
un accidente en acto de servicio, y solicita se revise su situación toda vez, que
no se realizó sumario administrativo por la ocurrencia del accidente y no le otorgaron
los beneficios que la Ley contempla en dicho caso.
Adjunta a su presentación copia de declaración de estado de salud no recuperable en
Sesión de 14 de julio de 1981, copia de Resolución N°1.234 y copia de hoja de trámite
de reliquidación de pensión por abono de tiempo contemplado en la ley N°19.234.
2.- En mérito de los antes indicado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 de la Ley N°20.255, se remite a esa Entidad la presentación ya individualizada
junto con todos sus antecedentes, por cuanto su contenido está referido a una materia
de competencia exclusiva de ese Organismo.