Dictamen 55203-2011
1.- Esa Casa de Estudios Superiores, se ha dirigido a esta Superintendencia exponiendo
que, diversos Establecimientos Educacionales aún no han puesto término al Primer Semestre
del año 2011, en circunstancias que ya se han iniciado los trámites de renovación
de cargas familiares de hijos estudiantes mayores de 18 años para el Segundo Semestre.
Atendido lo anterior y en el evento de que se presente un retraso en la entrega del
Certificado de Alumno Regular con motivo de la paralización estudiantil, es que solicita
un pronunciamiento sobre la materia.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en informar a Ud. que la paralización
estudiantil configura una situación de fuerza mayor, de todos conocida, que ha impedido
poner término al primer semestre del año 2011, por lo que en la situación de aquellos
establecimientos en que dicho semestre se ha extendido, se entiende que se conserva
la calidad de alumno regular hasta que el respectivo establecimiento ponga término
al primer semestre del año en curso.
CAtendido lo anterior, sólo para la mantención de beneficios previsionales el certificado
de alumno regular del primer semestre servirá hasta el término extendido del mismo.
3.- En consecuencia y en mérito de las consideraciones que anteceden, esa Casa de
Estudios Superiores deberá aplicar el criterio señalado, para la renovación de las
cargas familiares.