Dictamen 62599-2011
1.- Usted se ha dirigido a esta Superintendencia, en su calidad de Jefe (S) del Servicio
de Bienestar del Personal de la Universidad de Antofagasta, solicitando orientación
respecto al procedimiento que deben adoptar en lo relativo a la nueva elección de
consejeros administrativos, en virtud de las contingencia actual.
Expone que es de conocimiento público a nivel nacional que los estudiantes universitarios
se encuentra en "tomas y paro" desde el 07 de junio del presente año hasta la fecha,
motivo por el cual se han suspendido algunas funciones en la Universidad, sin embargo,
el Servicio de Bienestar en conformidad a lo estipulado y agendado, efectúo las elecciones
de los nuevos consejeros administrativos quienes debían asumir sus funciones a contar
del 01 de septiembre, resultando nula la inscripción de funcionarios para postularse
como consejeros.
Agrega que por lo expuesto solicita un pronunciamiento respecto a la validez de mantener
a los actuales consejeros en el Consejo Administrativo mientras se regulariza la actividad
académica en la Universidad que se ha visto interrumpida con motivo del paro estudiantil,
o bien, proceder a confeccionar nóminas de los socios que cumplen los requisitos y
postularlos a consejeros, los que podrían negarse a asumir el cargo al momento de
ser electos, evento en el que consultan si perderían su condición de socios del servicio
de bienestar.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con señalar a Ud. que de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 45 del código Civil, la paralización estudiantil configura
una situación de fuerza mayor, de público y notorio conocimiento, que ha impedido
poner término normal al primer semestre del año académico 2011 y, además, ha provocado
la suspensión del funcionamiento académico regular en la Universidades.
Ahora bien, la situación descrita de carácter excepcional, ha impedido dar cumplimiento
regular a las elecciones de nuevos consejeros administrativos, en ese Servicio de
Bienestar, dado que no es posible contactar a los socios del Servicio de Bienestar
y difícilmente las nuevas difusiones permitirán las inscripciones de funcionarios
para postularse como consejeros.
Por consiguiente, considerando que los hechos descritos constituyen un caso de fuerza
mayor, corresponde que los actuales consejeros administrativos continúen en el cargo
hasta que se regularice la situación académica, de modo que puedan dar cumplimiento
al procedimiento regular de información, difusión, inscripción de postulantes y elecciones
del nuevo Consejo Administrativo de ese Servicio de Bienestar.