Dictamen 14368-2011
1.- Ud. a través de la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos
de las Personas, se ha dirigido a esta Superintendencia solicitando se reconsidere
el dictamen citado en concordancia, mediante el cual se confirmó el rechazo de las
licencias médicas N°s. 28986041, 28967561, 30024953, 30045725 y 30502260, extendidas
por un total de 150 días a contar de 5 de enero de 2010, emanado de la COMPIN Región
de O´Higgins.
2.- Sobre el particular, cabe señalar que el Departamento Médico de este Organismo
revisó nuevamente los antecedentes, concluyendo que no existen elementos que permitan
modificar lo previamente resuelto. En efecto, no se acreditó la existencia de incapacidad
laboral mas allá del tiempo previamente autorizado (2 años y medio), el que se considera
suficiente para su recuperación. En efecto, la prolongación del reposo no cumple un
objetivo terapéutico y en consideración a que la licencia médica es un beneficio esencialmente
temporal, no procede autorizar más licencias por esta causal.
3.- En consecuencia y con el mérito de lo precedentemente expuesto, esta Superintendencia
dictamina que no procede hacer lugar a la solicitud de reconsideración y mantiene
a firme lo resuelto en el Oficio N° 1156, de 2011.