Dictamen 6385-2011
1.- Mediante los Oficios del rubro, ese Instituto de Previsión Social (IPS) ha enviado
a esta Superintendencia los expedientes previsionales del trabajador , con el objeto
que se revisen los cálculos realizados, derivados del cambio de una pensión de invalidez
parcial de origen laboral a una de invalidez total de origen no laboral, por aplicación
específica del artículo 62 de la Ley N°16.744. Proveniente de ello, pide autorización
para pagar al interesado la suma líquida de $23.776.457 (Veintitres millones setecientos
setenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y siete pesos), originada por las diferencias
de pensión correspondientes al período 28 de agosto de 2007 al 31 de octubre de 2010.
2.- Sobre el particular, atendido que por Oficio citado en concordancias, por los
argumentos y fundamentos que allí se exponen, este Organismo ha concluido, en síntesis,
que tratándose de la aplicación del ya citado artículo 62 de la Ley N°16.744, sólo
tendría competencia hasta que a la persona de que se trate se le conceda el nuevo
beneficio producto de la correspondiente reevaluación de sus incapacidades, por lo
que a contar de ese momento debe entenderse que la competencia le corresponde a la
Superintendencia de Pensiones, este Servicio Fiscalizador procede a devolver a esa
Entidad Previsional los antecedentes del trabajdor. , a los efectos que esta materia
sea conocida y resuelta por la ya aludida Superintendencia.