Dictamen 62220-2012
1.- Mediante la presentación indicada en antecedentes, usted se ha dirigido a esta
Superintendencia, solicitando se instruya al Instituto de Seguridad Laboral, para
que efectúe el reembolso de los gastos de alimentación y hospedaje en que tuvo que
incurrir para atender su patología, producto del accidente laboral que sufrió en enero
del presente año.
Señala que la antes referida Entidad Mutual nunca le informó respecto a los reales
beneficios a los que tenía derecho en virtud de su accidente del trabajo, razón por
la cual, solicita los reembolsos de los gastos en los que debió incurrir por concepto
de alimentación y hospedaje.
Hace presente que, habiendo transcurrido tanto tiempo desde que efectuó dichos gastos,
ya no tiene las boletas que los acrediten. En atención a lo anterior y en mérito de
los demás descargos contenidos en su presentación, solicita, en definitiva, se le
devuelva el dinero gastado por los conceptos antes mencionados.
2.- Requerido un informe al tenor de su presentación, el referido Instituto informó
respecto a los beneficios económicos que le asisten por traslado, hospedaje y alimentación,
relacionados con las atenciones médicas otorgadas producto del accidente laboral sufrido.
En atención a lo anterior, informó que se le han pagado subsidios por incapacidad
laboral durante el período comprendido entre el 26 de enero hasta el 22 de agosto
de 2012. Respecto a los gastos de pasajes por asistir a controles médicos, dicho Instituto
informó que reembolsó una suma ascendente a $272.985 (doscientos setenta y dos mil
novecientos ochenta y cinco pesos), por dichos conceptos. Asimismo, detalló los reembolsos
por cargas de tarjeta BIP, en un total de $43.000 (cuarenta y tres mil pesos).
Ahora bien, aclara que en lo que respecta a hospedaje y alimentación, usted no ha
presentado ninguna documentación solicitando los reembolsos por lo indicado anteriormente
ante dicho Instituto.
3.- Sobre el particular y considerando lo antes expuesto, esta Superintendencia cumple
con manifestar que para obtener el reembolso que Ud. reclama, deberá requerir tal
beneficio, directamente ante el Instituto de Seguridad Laboral acompañando a su solicitud,
los documentos que acrediten los gastos en que incurrió, tales como boletas y cualquier
documentación que acredite fehacientemente que efectuó en dichos gastos, en caso de
no tener las boletas, como ocurre en la especie, podría solicitar, a modo de ejemplo,
un certificado de estadía emitido de acuerdo a los registros del lugar en el cual
se hospedó.
4.- En mérito de lo expuesto precedentemente, este Organismo aprueba lo informado
por el Instituto de Seguridad Laboral, ya que se ajusta a la normativa legal vigente
y por consiguiente, se considera atendida su solicitud.