Dictamen 20631-2013
1.- Mediante un correo electrónico, generado desde la casilla de correo e-mail que
antecedentes, se solicitó a esta Superintendencia precisar los alcances de la Resolución
Exenta del año 2012, específicamente respecto a qué empresas ".. este Organismo responsabilizó
la afección y aplicó la multa", en referencia, según aclara, a una dolencia diagnosticada
a la persona individualizada.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con expresar que revistiendo
la Ley N°19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos, que rige los Actos
de los Órganos de la Administración, el carácter de supletoria de otras leyes que
regulan procedimientos administrativos especiales, para actuar en representación de
un tercero, se debe acreditar la calidad de apoderado en alguna de las formas previstas
en el artículo 22 de ese cuerpo legal, esto es, mediante un poder conferido por escritura
pública o un documento privado suscrito ante notario.
Ahora bien, habida cuenta que no se ha acompañado en la especie un poder otorgado
por la persona individualizada, como interesado, no es posible atender y dar respuesta
a la inquietud formulada a su nombre, máxime cuando ésta incide en datos de carácter
sensible, naturaleza que reviste el estado de salud físico o psíquico de una persona,
según la definición contenida en la letra g) del artículo 2° de la Ley N° 19.628,
sobre Protección a la Vida Privada.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe expresar que revisadas nuestras bases de datos,
se constató que la Resolución Exenta, no corresponde a un acto administrativo de este
Organismo. De igual modo, se constató que el oficio emitido por esta Superintendencia
con igual número y año, no se refiere a la situación del interesado.
3.- Por lo tanto, para poder atender y emitir un pronunciamiento sobre la inquietud
formulada, rogamos a Ud. acreditar sus facultades de representación, mediante un poder
conferido por el interesado, mediante alguno de los instrumentos previstos en el artículo
22 de la Ley N° 19.880.
| Título | Detalle |
|---|---|
| Ley 19.880 | Ley 19.880 |
| Artículo 2 | Ley 19.628, artículo 2 |
| Artículo 22 | Ley 19.880, artículo 22 |