Dictamen 48650-2013
1.- La interesada, recurrió a esta Superintendencias solicitando un pronunciamiento
respecto del Organismo que debe recibir y pronunciarse respecto de sus licencias médicas.
Señala que era afiliada a FONASA, y que en abril de 2012 suscribió un contrato de
salud previsional con la ISAPRE Consalud, con vigencia a contar del 1 de junio de
2012. Acompaña Formulario Único de Notificación (FUN) suscrito el 30 de abril de 2012,
en que se indica que la vigencia del contrato de salud es junio de 2012. Expresa que
a fines de abril se enfermó y presentó una primera licencia médica, las que se han
extendido hasta la fecha actual. Acompaña carta de 6 de agosto de 2012 de esa ISAPRE,
que señala en resumen que como sus licencias médicas comenzaron en abril de 2012,
su afiliación sigue siendo FONASA..
2.- Requerida al efecto, la COMPIN de la Región Metropolitana remitió el maestro de
licencias médicas de la interesada, que da cuenta del rechazo de las licencias médicas
N°s. 25, 96, 97, 39, 89, 26 y 41, con reposo a contar del 6 de junio de 2012 y hasta
septiembre de 2012, ya que la interesada no era afiliada a FONASA.
Por su parte, esa ISAPRE remitió el histórico de licencias médicas de la interesada,
en que aparece reducida a 4 una licencia médica otorgada originalmente por 7 días
a contar del 1 de junio de 2012. Posteriormente, en el maestro se consignan licencias
médicas presentadas y rechazadas por la ISAPRE a la interesada, con reposo entre el
12 de diciembre de 2012 y el 16 de abril de 2013, con una interrupción entre el 2
y 22 de enero de 2013.
3.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que la interesada
suscribió contrato de salud previsional con esa ISAPRE, el 30 de abril de 2012 con
vigencia a contar del 1 de junio de 2012.
Presentó licencias médicas a contar del mismo 30 de abril de 2012 y por mayo de 2012,
las que se tramitaron ante la COMPIN de la Región Metropolitana.
Luego, estando ya en vigencia el contrato de salud con esa Institución, la interesada
presentó a esa ISAPRE una licencia médica a contar del 1 de junio de 2012, lo que
era correcto ya que su afiliación comenzó ese mismo día.
Esa ISAPRE vuelve a tramitar y pronunciarse respecto de licencias de la interesada
del período comprendido entre el 12 de diciembre de 2012 y 16 de abril de 2013, no
constando lo que a su respecto resolvió la COMPIN por vía de apelación o procedimiento
del inciso tercero del artículo 3° de la Ley N° 20.545.
No obstante, varias licencias médicas posteriores a la entrada en vigencia del contrato
de salud, con reposo entre el 6 de junio de 2012 y septiembre de 2012, fueron presentadas
ante la COMPIN de la Región Metropolitana, entidad que las rechazó.
Por tanto, corresponde que se regularice la situación de la interesada, ya que todas
las licencias médicas presentadas a contar del 1 de junio de 2012 han debido ser conocidas
por esa ISAPRE, por lo que esa entidad deberá solicitar los originales de las licencias
médicas a la COMPIN y/o interesada y emitir los pronunciamientos que correspondan.
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Resolución organismos competentes cotizante isapre cotizante fonasa cambio de afiliación