Dictamen 46915-2014
1.- SIMM ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando en contra de la Resolución,
mediante la cual esa Subcomisión rechazó su solicitud de cambio de faena.
Señala que se desempeña como profesora de educación general básica y actualmente se
encuentra sometida a un tratamiento médico, no estando capacitada para volver a hacer
clases al interior de una sala.
Solicita se tenga en consideración que le falta poco tiempo para cumplir 60 años y
pensionarse por vejez.
2.- Requerida al efecto, esa Subcomisión remitió a este Organismo Fiscalizador los
antecedentes de solicitudes de cambio de faena de SIMM que dice relación con la mencionada
Resolución que dictaminó que no procedía dicho cambio por tener ya tres resoluciones
previas de cambio de funciones.
3.- Sobre el particular, corresponde expresar que en el ámbito del régimen previsional
de salud común, el artículo 51 del D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, faculta
a las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez, para decretar el cambio de las
condiciones laborales del trabajador, de modo de atender al restablecimiento de la
salud de éste.
En todo caso, el cambio de las faenas habituales del trabajador por otras de mayor
compatibilidad con el restablecimiento de su salud, es una medida de carácter esencialmente
temporal o transitorio ya que su finalidad es el completo restablecimiento de la salud
del trabajador con el objeto de que vuelva a desempeñar su trabajo habitual.
En la especie, los antecedentes del caso fueron sometidos al estudio de los profesionales
médicos de este Servicio, quienes concluyeron que SIMM padece una afección de salud
mental que la inhabilita para su desempeño en el aula, por lo que desde el punto de
vista clínico, se verifica la necesidad de mantener un trabajo fuera de la sala de
clases, teniendo presente además que cumple la edad para pensionarse por vejez el
26 de noviembre de 2014.
4.- En consecuencia, en virtud de lo mencionado anteriormente, esta Superintendencia
instruye a esa Subcomisión modificar su Resolución, autorizando el cambio de faena
solicitado por SIMM, hasta la fecha en que la interesada cumple la edad para pensionarse.
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 28/07/2015 | Dictamen 46915-2015 | Licencias médicas | Resolución rechazo causales de orden jurídico administrativo vínculo laboral no acreditado huellas laborales | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |