Dictamen 75037-2014
1.- Ud. se ha dirigido a esta Superintendencia solicitando se regularice el tramo
de asignación familiar que le fue asignado, por cuanto dicha situación le ha impedido
obtener el Aporte Familiar Permanente de marzo de 2014, otorgado por la Ley N° 20.743,
por sus dos cargas, ya que el cálculo aplicado en el promedio de sus remuneraciones
del año 2013 no le permite acreditar a sus cargas familiares.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia ha constatado en el Sistema de Información
que maneja (SIAGF), que Ud. registra a cuatro de sus causantes, con reconocimiento
vigente de asignación familiar entre el 02 de diciembre de 2013 y el 17 de enero de
2014 y a un causante entre el 18 de agosto y el 30 de noviembre de 2013, todos en
el Instituto de Previsión Social, teniendo asignado tramo 4 de ingresos, es decir
sin derecho a percibir el monto pecuniario del beneficio.
Al respecto, cabe señalar que para calcular el ingreso promedio percibido por Ud.
en el primer semestre de 2013, que sirve para determinar el valor de la asignación
familiar que le corresponde por el período julio de 2013 a junio de 2014, deben considerarse
todos sus ingresos correspondientes al primer semestre de ese año, ello por cuanto
conforme a lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 18.987, el ingreso promedio
del primer semestre es el promedio de la remuneración y/o del subsidio, o de la pensión,
devengados por Ud. durante el periodo comprendido entre los meses de enero a junio,
ambos inclusive, inmediatamente anterior a aquel en que se devengue la asignación,
siempre que haya tenido ingresos, a lo menos, por 30 días. En el evento que Ud. tuviese
más de una fuente de ingreso, deben considerarse todas ellas. Si en algunos meses
Ud. no registra ingresos, se divide el total de ingresos del semestre por el número
de meses en el que registre ingresos.
En su caso, conforme a la información mantenida por esta Superintendencia y la proporcionada
por el Instituto de Previsión Social, Ud. registra ingresos sólo en los meses de enero
y febrero de 2013, por $509.940 y $528.320, respectivamente, por lo que el ingreso
promedio del primer semestre del año 2013 es de $519.130, correspondiéndole el tramo
4.
3.- En relación al Aporte Familiar Permanente establecido por Ley Nº 20.743, tienen
derecho al aporte quienes al 31 de diciembre de 2013 sean beneficiarios de asignación
familiar o maternal, siempre que perciban dichas asignaciones por tener ingresos promedio
en el primer semestre del 2013 igual o inferior a $501.979, es decir, para aquellos
beneficiarios que a la fecha indicada tenían tramos 1, 2 ó 3 de asignación familiar,
cuyo no es su caso, ya que Ud. registra tramo 4 para ese periodo.
Por lo tanto, Ud. no tiene derecho al citado Aporte por cuanto no cumple con el requisito
de haber percibido el beneficio pecuniario de la asignación familiar.