Dictamen 5604-2014
1.- Don Leonardo Barros Blanco se dirigió a esta Superintendencia, reclamando en contra
de ese Instituto, por cuanto le rechazó la solicitud de prórroga de la pensión de
orfandad que percibe como consecuencia de la muerte de su padre, por el período 2013,
por estar estudiando en un Conservatorio (de la Universidad del Bío-Bío).
Expresa que cumplió 24 años en el mes de noviembre de 2013 y señala que resulta contradictorio
el rechazo que reclama, por cuanto en el año 2008, cuando estudió música en el Conservatorio
de Música de Talca, se le reconoció el mismo derecho que ahora se le niega.
Acompaña, entre otros antecedentes, Memo PE. N°0487, de 9 de mayo de 2013, mediante
el cual ese Instituto le informó el rechazo de la prórroga, fundamentando su decisión
en que el citado Conservatorio ofrece "cursos de música, pero no carreras universitarias",
y fotocopia de boleta de pago del mes de octubre de 2013, en la citada Universidad
del Bío-Bío.
Adjunta, además, Certificado extendido el 29 de agosto de 2013, por la Universidad
Del Bío Bío, que indica que el señor Barros, es alumno regular en la asignatura de
oboe VI año básico y Teoría y Solfeo II año básico, además de integrar la Orquesta
Juvenil de ese plantel.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar que acoge el
reclamo interpuesto por el señor Barros Blanco, por cuanto procede a su respecto el
otorgamiento del beneficio que reclama, de acuerdo a la normativa legal aplicable.
En efecto, lo anterior dado que el artículo 47 de la Ley N° 16.744, dispone que los
hijos del causante, "menores de 18 años o mayores de esa edad, pero menores de 24
años que sigan estudios (...) o inválidos de cualquiera edad, tendrán derecho a percibir
una pensión" de orfandad, sin establecer como requisito que el estudio consista en
una carrera universitaria, bastando que se trate de "estudios regulares secundarios,
técnicos o superiores".
En consecuencia, de acuerdo a lo antes expuesto y dado que esa entidad no puede establecer
requisitos que no estén contemplados en la norma legal, procede la prórroga por el
año 2013, del beneficio que se reclama, debiendo pagar al efecto la pensión de orfandad
respectiva a don Leonardo Barros Blanco.