Dictamen 9390-2015
1.- Usted ha solicitado, en síntesis, que se instruya a la Asociación Chilena de Seguridad
a fin de que le reembolse los $3.000.000 que tuvo que pagarle a su abogado a fin de
que se le reconocieran las prestaciones y reembolsos a que tuvo derecho por la dolencia
de origen laboral que presenta.
2.- Sobre el particular, cabe hacer presente que, tal como le indicó un fiscalizador
de este Servicio telefónicamente el día 2 de enero del año en curso, la Ley N°16.744
ni sus reglamentos contemplan reembolsos por honorarios de abogados, solamente se
establecen reembolsos por prestaciones médicas por contingencias de origen profesional,
bajo las condiciones del artículo 71 letra e) del D.S. N°101, de 1968 del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social.
3.- En consecuencia, este Servicio lamenta no poder acoger su solicitud.