Dictamen 22945-2015
1.- Por la presentación de antecedentes, Ud. solicitó a esta Superintendencia fiscalizar
las condiciones de seguridad laboral e higiene de los trabajadores de las empresas
"que desarrollan sus actividades en el camino hacia el Centro de Manejo de Residuos
de Concepción S.A.". Al efecto, a través del Ordinario N° 11.229, de 2015, se le informó
que las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud y la Dirección del Trabajo eran
las entidades competentes en dichas materias, motivo por el cual su presentación les
fue derivada a través del Ordinario N° 12.286, citado en concordancias.
Sin perjuicio de lo anterior, también se le señaló que este Servicio solicitaría antecedentes
al Organismo Administrador de la Ley N° 16.744 al que se encuentra adherida la entidad
empleadora antes indicada, esto es, la mutualidad, en relación a las acciones e intervenciones
que le correspondían.
2.- Sobre el particular, la mutualidad indicó que, desde que la empresa se afilió
a esa institución el 1 de agosto de 2006, se han realizado actividades destinadas
a disminuir la siniestralidad de contingencias laborales y mejorar las condiciones
de seguridad de dicha empresa.
3.- En la especie, los antecedentes remitidos dan cuenta, entre otras, de las siguientes
actividades de prevención, realizadas entre los años 2012 y 2015:
Identificación de condiciones de peligros en faena de instalación geotextil en celda
de depósito de residuos, recomendándose implementar equipos de protección contra caídas.
Al respecto, se informó que dichos equipos fueron incorporados en la faena.
Catastro de riesgos higiénicos, residuos orgánicos y ruido, junto con una evaluación
ambiental de ruido y de gases en área de cancha, indicándose como medida preventiva
no fumar en dicha área y definir un sector de fumadores, así como la utilización de
protectores auditivos cuando se trabaje en sectores donde, a una distancia de 1 metro,
se dificulte la comunicación. Al efecto, se informó que la empresa hizo entrega de
los equipos de protección auditiva y definió un área de fumadores alejada de las canchas
de acopio.
Evaluación de disposiciones legales básicas relacionadas con la Ley N° 16.744;
Evaluación ergonómica de puestos de trabajo de administrativos (oficinas), entregándose
recomendaciones relacionadas con estándares de mobiliario y diseño de dichos puestos.
Al efecto, se informó que la empresa realizó las modificaciones indicadas por dicho
Instituto.
Desarrollo de una matriz básica de riesgos el año 2015, para lo cual se efectúa una
visita a las instalaciones de la faena, en compañía del asesor en prevención de riesgos
de la empresa, y
Reunión de trabajo con la empresa para definir acciones en el área de la psicología
laboral del año 2013 y también con el experto en prevención de riesgos de la empresa
para determinar actividades preventivas y establecer el diagnóstico preventivo de
2014.
4.- Por tanto, de los antecedentes remitidos, se desprende que la mutualidad ha realizado
en el período revisado periódicamente actividades de prevención en la empresa
Por último, cabe hacer presente que la calidad de las actividades de prevención realizadas
en los lugares de trabajo por los organismos administradores, es una materia de competencia
de las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, conforme a lo establecido en
el inciso tercero del artículo 65 de la Ley N° 16.744.