Dictamen 56508-2015
1.- Usted por la presentación indicada en antecedentes, a nombre de la empresa, ha
recurrido ante esta Superintendencia reclamando en contra de la C.C.A.F., debido a
la negativa de condonar las multas e intereses porque el 8 de enero de 2015, no habría
declarado las cotizaciones del mes de diciembre de 2014, incluida la del 0,6 % de
la Caja, en razón de haber intentado hacerlo a través de Previred, no obteniendo resultados
positivos.
Expresa que la declaración de todas las demás cotizaciones se realizo con exito y
que, según le informaron en Previred, no se pudo con el 0,6 % correspondiente a la
C.C.A.F., debido a que esta no permitiría efectuar la declaración y su pago en Previred.
Agrega que por lo anterior, procedió a efectuar manualmente la declaración y pago
de la cotización del correspondiente 0,6 aludido en la sucursal de Ovalle de la Caja
de Compensación, siendo dicha operación rechazada, y aplicándosele a la empresa las
multas e intereses citados.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con informar a usted, en síntesis,
que requerida al efecto la C.C.A.F. informó a este Organismo, que la empresa debe
presentarle a declaración y pago planilla de cotizaciones original del mes señalado
y para obtener una posible condonación de las citadas multas e intereses, deberá presentar
a la C.C.A.F. una carta explicativa, debidamente fundamentada, que justifique la existencia
del caso de fuerza mayor o caso fortuito, que le habría impedido cumplir con la declaración
de la cotización en referencia, señalando todas las gestiones realizadas al efecto.