Dictamen 69637-2015
1.- Usted se ha dirigido a esta Superintendencia reclamando el pago del Bono Bodas
de Oro, otorgado por la Ley N°20.506. Señaló que concurrió a una oficina del Instituto
de Previsión Social, donde se le informó que no tenía derecho al mencionado beneficio,
por cuanto su cónyuge falleció el 17 de agosto de 2015.
2.- Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social informó que revisó los antecedentes
del caso y constató que su matrimonio, se celebró el 15 de septiembre de 1965, de
modo tal que los 50 años de matrimonio se habrían cumplido el 15 de septiembre de
2015. No obstante, su cónyuge falleció el 17 de agosto de 2015, es decir, antes de
cumplir el aniversario N°50, no cumpliéndose en consecuencia con uno de los requisitos
que establece la normativa vigente sobre la materia.
3.- Sobre el particular, esta Superintendencia debe expresar que el artículo 1° de
la Ley N° 20.506, dispone que se concederá, por una sola vez, un bono extraordinario
a los cónyuges que cumplan, entre otros requisitos, 50 años de matrimonio a partir
del 1° de enero de 2010, y que dicho matrimonio no hubiese terminado por causa legal.
Por su parte, el artículo 3° de la misma ley, dispone que para impetrar el derecho
al bono, los cónyuges deberán solicitarlo a partir de la fecha en que cumplan 50 años
de matrimonio y hasta los doce meses siguientes a dicha fecha.
Al respecto, es preciso mencionar que el artículo 42 de la Ley de Matrimonio Civil,
Ley N° 19.947, dispone que el matrimonio termina, entre otras causales, por la muerte
de uno de los cónyuges.
Analizados los antecedentes, consta que usted contrajo matrimonio, el 15 de septiembre
de 1965, por lo que los 50 años desde su celebración, se habrían cumplido el 15 de
septiembre de 2015. Sin embargo, su cónyuge falleció antes de dicha data. En efecto,
según consta de Certificado de Defunción emitido por el Registro Civil e Identificación,
su cónyuge falleció el 17 de agosto de 2015.
En consecuencia, cabe señalar que el vínculo matrimonial, terminó al fallecer éste
el día 17 de agosto de 2015, por lo que no cumplieron 50 años de matrimonio.
| Título | Detalle |
|---|---|
| Ley 19.947 | Ley 19.947 |
| Ley 20.506 | Ley 20.506 |
| Artículo 1 | Ley 20.506, artículo 1 |
| Artículo 3 | Ley 20.506, artículo 3 |
Descriptores
Legislación citada
Ley 19.947Ley 20.506Ley 20.506, artículo 1Ley 20.506, artículo 3