Dictamen 77871-2015
1.- Usted se ha dirigido a esta Superintendencia reclamando en contra de la Mutualidad,
por cuanto le contraindicó su desempeño profesional a gran altura geográfica, en consideración
al resultado del examen ocupacional que le realizó en el mes de junio de 2015, mediante
el cual se demostró alteración en su electrocardiograma.
Agrega usted que fue derivado a cardiólogo por su previsión y acompaña los resultados
del estudio realizado en la ciudad de Antofagasta, donde se le detectó una Miocardiopatía
hipertrófica izquierda no obstructiva, afección que fue corroborada con los exámenes
realizados en la Pontificia Universidad Católica de Chile, solicitados por cardiólogo
en Santiago. Acompaña además, certificado emitido por este profesional.
Requerida al efecto, la Mutualidad remitió los antecedentes respectivos, incluyendo
el certificado del cardiólogo que lo evaluó en Antofagasta, el que ha informado que
por la patología miocardiopática que usted presenta, no obstante su bajo riesgo, sugiere
que sea reubicado laboralmente. La Mutual señala además, que en consideración a las
evaluaciones realizadas y a lo establecido en la Guía Técnica del MINSAL, con fecha
13/08/2015, emitió informe de examen ocupacional donde se indica que las alteraciones
que usted presenta, contraindican su desempeño expuesto al riesgo de hipobaria intermitente
crónica.
2.- Sobre el particular, cabe señalar que profesionales médicos de esta Superintendencia
procedieron al análisis de todos los antecedentes médicos disponibles, incluyendo
lo informado por ambos cardiólogos consultados por usted, concluyendo que tanto por
las alteraciones detectadas en los dos ecocardiogramas y en la resonancia nuclear
magnética cardíaca realizados, que comprueban que usted padece de una Miocardiopatía
hipertrófica septal no obstructiva de ventrículo izquierdo, no obstante se encuentra
en capacidad funcional 1, la fracción de eyección es normal y no tiene evidencias
de arritmias; constituye una de las condiciones patológicas, conforme lo indica la
Guía Técnica sobre Exposición Ocupacional a Hipobaria Intermitente Crónica por Gran
Altitud del Ministerio de Salud, que contraindican el desempeño laboral a más de 3.000
msnm.
3.- En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, esta Superintendencia
confirma lo obrado por la Mutualidad, por cuanto por la afección miocárdica que usted
presenta, no se encuentra apto para su desempeño profesional con exposición a gran
altura geográfica.