Dictamen 19403-2016
1.- La empresa ha solicitado un pronunciamiento que determine la procedencia de que
se impute a su tasa de siniestralidad efectiva la incapacidad presumiblemente permanente
determinada a un trabajador, a raíz de la dolencia auditiva de origen laboral que
presenta.
Requerida al efecto esa Mutualidad informó, en síntesis, que el inicio de la incapacidad
que presenta el interesado, es anterior al 01/03/2013, es decir, anterior a su contratación
en la empresa recurrente.
2.- Sobre el particular, cabe hacer presente que profesionales médicos de este Servicio
estudiaron los antecedentes del caso, lo que les permitió confirmar lo indicado por
esa Mutualidad, en orden a que la incapacidad por hipoacusia que presenta eltrabajador
es previa al ingreso a la empresa, por lo que no corresponde imputársela a su tasa
de siniestralidad efectiva, por constituir una de las situaciones de excepción a que
se refiere el artículo 2 del D.S. N°67 de Fuentes.
3.- En atención a lo precedentemente informado, esa Mutualidad ha debido excluir de
la tasa de siniestralidad efectiva de la empresa recurrente, la incapacidad determinada
al interesado.