Dictamen 54213-2016
1.- La interesada se ha dirigido a esta Superintendencia, solicitando se indique a
ese Instituto que proceda a realizar el cambio de la prótesis de su extremidad superior,
en que sufrió una amputación transhumeral izquierda, producto de accidente laboral
del año 2013. En particular, solicita que la actual prótesis mecánica que usa, le
sea reemplazada por una prótesis mioeléctrica, porque esta última tendría mayor ventaja
funcional para el uso de la extremidad. Adjunta informes de especialistas.
Requerido al efecto, ese Instituto procedió a informar que le ha brindado a la trabajadora
las atenciones correspondientes por las lesiones sufridas en el accidente laboral
de 30/10/2013, señalando que de acuerdo a la evaluación por especialista, se ha podido
establecer que la interesada, no es candidata al uso de prótesis híbrida, por presentar
un muñón corto y de poca activación de músculos bíceps y tríceps.
2.- Sobre el particular, cabe señalar que los profesionales médicos de este Servicio
procedieron a un análisis de todos los antecedentes médicos, y citó a la señora Navarro
a un examen médico personal el 09/08/2016, a fin de evaluar las condiciones clínicas
y laborales, para determinar la procedencia de indicación de uso de prótesis mioeléctrica.
Al respecto, efectuado el examen y entrevista personal, se pudo concluir que la trabajadora
presenta un dolor crónico en el hombro derecho que se exacerba con el uso del arnés
de la prótesis mecánica, para la apertura y cierre del gancho de la prótesis. Por
otra parte, presenta un muñón transhumeral sano, indoloro, de corta longitud, con
rangos funcionales y activación muscular residual.
En cuanto a la adaptación de una prótesis mioeléctrica, en su caso ésta es recomendable,
por cuanto liberaría del sobreesfuerzo al hombro derecho y existen alternativas de
cavidades para su contención a pesar de tener un muñón corto, tales como cavidad doble
con válvula de expulsión. Así también, existen alternativas en caso de señales mioeléctricas
débiles en músculos residuales.
En suma, en su caso, la prótesis mioeléctrica reúne las condiciones técnicas apropiadas
para un buen funcionamiento de acuerdo a los requerimientos funcionales y de la vida
diaria de la trabajadora.
3.- En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, esta Superintendencia
instruye a ese Instituto para que tome las medidas necesarias y pertinentes para realizar
una evaluación especializada ala interesada, con el fin de efectuar las evaluaciones
correspondientes para el uso de una prótesis mioeléctrica en su extremidad superior
izquierda, de conformidad a las disposiciones de la Ley N° 16.744.