Dictamen 56360-2016
1.- La interesada ha recurrido a esta Superintendencia haciendo presente que el Servicio
de Bienestar de esa Dirección se ha negado a efectuarle el reembolso por los gastos
médicos incurridos en la realización de una cirugía reparadora "mastopexia" y además,
por no otorgarle el bono de educación a su hija, alumna regular de un Magister en
Administración y Dirección de Recursos Humanos, en la USACH.
2.- Sobre el particular y, respecto a la intervención quirúrgica se indica que consultado
un profesional médico de este Organismo Fiscalizador ha informado que de acuerdo con
los antecedentes médicos acompañados por la recurrente, la cirugía realizada (mastopexia)
a la interesada, obedece a una cirugía de tipo curativa o reparadora, ya que la paciente
presentaba complicaciones médicas, dermatológicas debido a su hipertrofia mamaria
y en consecuencia no corresponde a una cirugía estética.
En cuanto al bono escolar por los estudios de la hija de la recurrente, que se rechazó
por estimar que el Magister en Administración y Dirección de Recursos Humanos corresponde
a un Pregrado, cabe hacer presente que el D.F.L. N° 2, de 2009, del Ministerio de
Educación (que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 20.370,
con las normas no derogadas del D.F.L. N° 1, de 2005, del mismo Ministerio), en el
inciso cuarto del artículo 54, del citado texto legal establece que las universidades
podrán otorgar títulos profesionales y toda clase de grados académicos en especial
de licenciado, magister y doctor y en las letras c) d) y e) define dichos grados,
por lo que corresponde concluir que los estudios de la carrera de licenciado, magíster
o doctor corresponden a aquellos que habilitan a los afiliados que los cursen para
impetrar el beneficio de que se trata.
3.-Con el mérito de lo expuesto, esta Superintendencia manifiesta que procede reembolsar
a la interesada, los gastos incurridos en la intervención quirúrgica de que se trata
y además, otorgarle el bono de educación por los estudios de su hija.
Boletín SUSESO (1)
Boletín SUSESO 2017 - Número 2
Servicios de Bienestar del Sector Público
Marzo
Los servicios de bienestar del Sector Público, son entidades cuyo objeto es contribuir al bienestar de las personas trabajadoras cooperando a su adaptación al medio y a la elevación de sus condiciones de vida.