Dictamen 58977-2016
1.- Por oficio de antecedentes, el Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio solicitó
a esta Superintendencia realizar una auditoría general a su Servicio de Bienestar.
Lo anterior fundamentado en el hecho que en el año 2015 comenzó a utilizar el "Programa
SIRH - Bienestar y el nuevo Programa Contable", lo cual le ha significado diversas
dificultades en sus procesos de pago y especialmente en los contables.
2.- Sobre el particular, cabe precisar que a este Organismo le corresponde fiscalizar
los Servicios de Bienestar conforme a sus facultades contenidas en su Ley Orgánica
N° 16.395 y en el D.S. N° 28 indicado en fuentes, respecto de la gestión administrativa
de modo que se cumpla con lo establecido principalmente en el citado D.S. N° 28 y
en los respectivos reglamentos particulares (art. 24 de la Ley N° 16.395 y art. 3°
del D.S. N° 28) y sobre el examen y juzgamiento de las cuentas, revisar su contabilidad
y documentación de respaldo (art. 38° del D.S. N° 28).
Los sistemas contables utilizados por los Servicios de Bienestar para procesar la
información generada por sus operaciones financieras, su mantención, evaluación y
adecuación de ellos le corresponde a su entidad matriz, ya sea si lo ha proporcionado
como una extensión de su propio sistema contable o si ha contratado los servicios
de una empresa externa para implementar un sistema propio del Servicio de Bienestar.
Además esta Superintendencia no cuenta con especialistas en el sistema que se señala.
3.- En consecuencia, no es posible acceder a lo solicitado; sin perjuicio de ello,
se considerará incluir en nuestro próximo plan de fiscalización anual al Servicio
de Bienestar de ese Servicio de Salud.
Boletín SUSESO (1)
Boletín SUSESO 2017 - Número 2
Servicios de Bienestar del Sector Público
Marzo
Los servicios de bienestar del Sector Público, son entidades cuyo objeto es contribuir al bienestar de las personas trabajadoras cooperando a su adaptación al medio y a la elevación de sus condiciones de vida.
| Título | Detalle |
|---|---|
| Ley 16.395 | Ley 16.395 |